Te avisan por WhatsApp o en una circular: «desde el próximo mes la pensión sube». Sientes que no puedes hacer nada porque tu hijo ya está matriculado. Pero antes de pagar ese monto extra, sigue leyendo, porque la ley peruana dice algo que muchos colegios prefieren que no sepas.
¿Qué dice la ley sobre el precio de las pensiones?
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La Ley N.° 26549, modificada por la Ley N.° 27665, obliga a los colegios privados a informar por escrito, antes de la matrícula, el monto de cada pensión y los posibles aumentos durante el año. Es decir: el precio del año escolar se fija al inicio, no se puede improvisar en julio.
¿Cuándo un aumento SÍ es legal?
Solo si el colegio lo comunicó por escrito antes de que matricularas a tu hijo, indicando desde cuándo y cuánto subiría la pensión. Si eso figura en el contrato o ficha de matrícula, el aumento es válido.
¿Cuándo un aumento NO es legal?
Si el colegio nunca avisó ese incremento al momento de la matrícula, no puede cobrarlo a mitad de año. La misma ley prohíbe cobrar conceptos o montos distintos a los ya informados. Un aumento «sorpresa» en junio o agosto, sin aviso previo, va contra la norma.
¿Qué hacer si te suben la pensión sin avisarte?
Puedes presentar un reclamo ante Indecopi, pero el proceso suele ser largo, con plazos y varias etapas antes de una resolución. Muchos padres terminan pagando el aumento por cansancio o desconocimiento del procedimiento.
Un abogado especializado en derecho educativo puede revisar tu contrato, calcular si el aumento es legal y presentar el reclamo de forma correcta desde el inicio, evitando errores que retrasen el caso.
Habla con un especialista
Si tu colegio te subió la pensión a mitad de año, no pagues antes de consultar. Escríbenos por WhatsApp y revisamos tu caso: Agenda tu asesoría por WhatsApp.
También puedes conocer más sobre nuestro asesoría legal en derecho educativo y cómo te ayudamos a reclamar aumentos indebidos de pensiones escolares.
