Imagina esto: tu hijo llega llorando a casa varios días seguidos. Le cuentas al colegio lo que pasa y te responden «ya estamos viendo el tema». Pasan las semanas y nada cambia. ¿Sabías que esa inacción del colegio puede ser mucho más grave de lo que parece? Sigue leyendo, porque al final te explicamos qué puedes hacer para que el colegio responda de verdad.
¿Qué obliga la ley a los colegios frente al bullying?
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En Perú, la Ley N.° 29719 (Ley SíseVe) obliga a todos los colegios a prevenir y atender el acoso escolar. Deben registrar cada caso en el Libro de Registro de Incidencias y reportarlo en el portal SíseVe del Ministerio de Educación. No es una recomendación: es una obligación legal.
Entonces, ¿el bullying sí es un incumplimiento del servicio educativo?
Sí. El Código de Protección y Defensa del Consumidor (artículo 73) exige que el colegio brinde un servicio idóneo, es decir, seguro. Indecopi ya sancionó a colegios por no actuar ante el bullying, con multas de hasta S/ 240,000, incluso por expulsar al menor afectado en vez de corregir al agresor.
Señales de que el colegio no está cumpliendo
- No registra el caso en el portal SíseVe.
- No te da respuestas claras ni plazos.
- Minimiza lo que le pasa a tu hijo.
- Castiga o cambia de aula a la víctima, no al agresor.
¿Qué puedes hacer si el colegio no actúa?
Puedes presentar una denuncia ante Indecopi, pero el proceso administrativo suele ser largo, técnico y con plazos que se extienden por meses, lo que retrasa una solución para tu hijo. Contar con un abogado especializado agiliza la denuncia, sustenta mejor el caso y aumenta las posibilidades de una respuesta rápida y efectiva.
Si tu hijo está viviendo esta situación, no esperes más. Conversa ahora con un abogado por WhatsApp y cuéntanos tu caso.
También puedes conocer más sobre nuestro servicio de asesoría legal en casos de bullying escolar y cómo te ayudamos a exigir que el colegio cumpla su obligación.
